El periodista resguardará el derecho de la sociedad a tener acceso a una información veraz, plural, responsable y oportuna. También ejercerá su influencia para que se garantice el derecho legal a rectificación y enmienda y que éste se cumpla en los plazos legales, sin modificaciones.
Es deber del periodista ayudar a que la sociedad mejore la relación entre sus miembros, apoyando acciones que corrijan injusticias, denuncien engaños y promuevan la justicia social, la paz, la solidaridad y la fraternidad entre los integrantes de la comunidad.
Es deber del periodista ayudar a que la sociedad mejore la relación entre sus miembros, apoyando acciones que corrijan injusticias, denuncien engaños y promuevan la justicia social, la paz, la solidaridad y la fraternidad entre los integrantes de la comunidad.
El periodista deberá contribuir a sensibilizar a la opinión pública sobre la situación de los sectores de la población que viven situaciones de desigualdad. Asimismo, colaborará en la defensa de la naturaleza como un bien colectivo y promoverá la denuncia de hechos que generen contaminación y destrucción ambiental. Son también faltas a la ética profesional:
Contravenir cualquiera de las normas y recomendaciones contenidas en el presente Código. El soborno, el cohecho y la extorsión. El plagio y el irrespeto a la propiedad intelectual. La difamación, la calumnia y la injuria.
El periodista no utilizará su influencia profesional ni la información privilegiada que recibe en el desempeño de su trabajo, en beneficio propio, de parientes o de terceros interesados.